Todos los edificios que hayan cumplido 50 años desde su construcción y también aquellos que, independientemente de su edad,  soliciten ayudas públicas a la rehabilitación, eficencia energética y accesibilidad deberán disponer y presentar la ITE en el Ayuntamiento para su incorporación en el registro único de la CAPV.

Guía Comunidades. v. noviembre2017 (1)(2)

ITE- aurkezpena. presentación

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